Resolución fuera de plazo
Terapeuta Hipnosis Regresiva Vidas Pasadas®
Una vez finalizada la Formación, el alumno dispone de un plazo de nueve meses para la presentación de la documentación (cuadernos aprendizaje, lecturas, actividades y reflexiones) y prácticas de la Formación, las prácticas de supervisión y mentorig individual se distribuyen de forma periódica durante dicho plazo para su evaluación y progreso. Se establecerá un periodo de tres meses adicionales siempre que sean motivos mayores justificables.
En el caso de que el alumno no haya conseguido certificarse, una vez terminado el plazo de finalización dispuesto, podrá solicitar por escrito la apertura de su expediente para un nuevo proceso de certificación, siempre que sean motivos mayores justificables, no por otros acontecidos con anterioridad, no exista ningún expediente abierto por causas éticas (Código ético), y haya presentado la documentación de la formación (cuadernos aprendizaje, lecturas, actividades y reflexiones) en la fecha establecida.
Una vez presentada la solicitud se dispondrá de un plazo de quince días para su resolución. En el caso de aprobación de la solicitud, se establecerá un periodo de nueve meses para el proceso de supervisión y mentoring individual de las prácticas de la Formación, distribuidas de forma periódica para su evaluación y progreso, conllevando este un coste adicional de mil ochocientos euros.